El caso Triviño . ¿Víctima ó verdugo?

En los anales del rallismo y quizas del automovilismo , no habíamos tenido conocimiento de un caso similar a este . Hemos tenido situaciones en que los Papas de competidores pelean por una pole position que suponen que a su hijo se le arrebató ó por el triunfo en una carrera , pero ……., ¿por un Campeonato y durante 2 años llegando a presentar el caso a instancias como la Suprema Corte de Justicia y obteniendo un fallo por parte de la misma? . Nunca.

Para algunos lectores este caso ya es conocido , pero estoy seguro que no para la mayoría así que trataré de hacerles un resumen breve , en el afán de presentar a la opinión pública un asunto que ha lastimado al rallismo nacional , y por supuesto al propio Ricardo Triviño , piloto mexicano de rallies hoy Campeón de Rallies de tierra de la región de Cataluña 2003 , y que además es el único mexicano por el momento , que está compitiendo regularmente en el WRC (Campeonato Mundial de Rallies) .

Al finalizar la temporada 2001 del Campeonato Nacional de Rallies de la CNRM , el Campeón del año de acuerdo con el sistema de competencia publicado en el Reglamento de competencia de ese año era la pareja de Gabriel y Javier Marín ; sin embargo surge la inconformidad del Sr. José Triviño , Padre de Ricardo Triviño quién en ese año hizo una gran temporada en compañía de Eduardo Bernal viniendo de menos a más y terminando como Subcampeones .

El citado presenta su inconformidad por escrito ante la Federación Mexicana de Automovilismo A.C. en contra de la proclama de Campeónes de los Primos Marín , argumentando que su hijo debió haber recibido los puntos de ganador del Rally América (antecesor del Rally México) de ese año , porque los competidores extranjeros no debían tomar puntos para campeonato nacional ya que no competían en forma regular , y ese acto lastimaba los intereses de un mexicano en su propio país , además en la querella del Rally Reto a las Alturas de ese año también , los ganadores Gabriel Marín piloto y Javier Marín navegante fueron descalificados por el Comisario Deportivo nombrado por la CNRM para ese evento por haber infringido el Reglamento de competencia y ratificada dicha descalificación por la CNRM en pleno . Esta descalificación fue posteriormente invalidada por el Comité de Apelación y Arbitraje de la Comisión , conformado por los Presidentes de los clubes ó sus representantes nombrados para el caso , habiendo acudido el competidor a un recurso llamado de Reconsideración , plasmado en el Código Deportivo de la FEMAD .

El inconforme argumentó que el recurso de reconsideración estaba a esa fecha derogado por acción de la Ley General del Deporte vigente . Si cualquiera de los dos casos mencionados se resolviera a favor de Ricardo Triviño este sería Campeón 2001 conjuntamente con su navegante . La FEMAD le contestó al inconforme que estaba fuera de tiempo y fuera de razón en ambos casos ; esto no detuvo la querella y el asunto se fué a otras instancias como la CODEME y su Comité de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD) y de ahí a tribunales y la Corte .

La pregunta que cabe aquí es , ¿tiene razón un deportista de valerse de las tremendas lagunas legales que existen en los reglamentos y estatutos de las Comisiones Deportivas y Federaciones que forman parte del Deporte Federado , así como de la falta de conocimiento de los directivos designados para conducir a estas y cuyas decisiones basadas en la buena fé y el juego limpio únicamente , pero imperfectas en fondo y forma perjudican en ocasiones a este? . ¿Víctima ó villano? .


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